
Máquinas o lineas de producción traídas de países que no pertenecen a la UE
Cada vez son más las empresas que optan por buscar maquinaria fuera de las fronteras de la
UE.
El gran abanico de fabricantes asiáticos y la competitividad en los precios de adquisición de máquinas e incluso líneas de producción completas, hace que la opción de importar tenga un peso considerable en el replanteo de la incorporación de equipos en las empresas españolas.
Los departamentos implicados en la compra de cada una de estas empresas se sientan a valorar los PROS y CONTRAS de la adquisición en dicho mercado teniendo en cuenta siempre que la máquina pueda alcanzar un nivel de prestaciones productivas tan altas como las que ofrecen las empresas europeas pero, la mayoría de las veces, se olvidan de algo muy importante; LAS MÁQUINAS FABRICADAS FUERA DE LA UNIÓN EUROPEA NO TIENEN PORQUÉ CUMPLIR LOS REQUISITOS DE FABRICACIÓN EXIGIDOS POR ESTA y, aún cumpliendo con ellos,
el fabricante, si no está establecido dentro de la UE, NO es válido para dar la conformidad.
Es decir, no es válido su CE. Por tanto, y muy importante a tener en cuenta cuando adquiera una máquina en estos mercados es que ESTA MÁQUINA ESTÁ FUERA DE LA LEGALIDAD para su uso en nuestro país.
¿Qué se debe hacer entonces?
La importación de la máquina otorga a la empresa importadora la totalidad de la responsabilidad sobre ésta, en materia de seguridad también. Así lo recoge la propia directiva de máquinas en su artículo 5 “el fabricante, o representante autorizado, antes de proceder a la puesta en servicio de una máquina deberá asegurarse de que esta cumple con los requisitos esenciales de seguridad y salud, redactar el expediente técnico, la declaración CE de conformidad, etc.”
Por tanto, como responsable de la máquina/línea de producción, la empresa deberá:
-Someter a la máquina/ línea de producción a una auditoría según el RD 1644/2008
-Adecuar la máquina/ línea de producción de acuerdo a dicha auditoría con el fin de dar
cumplimiento al Anexo I de dicho RD.
-Redactar un expediente técnico según el Anexo VII de dicho RD, una declaración CE y diseñar
una placa de características que se colocará sobre la máquina.
Si has pensado en comprar una máquina fuera de las fronteras comunitarias, no dudes en
contactar con nosotros para poder regularizar su uso en nuestro país.